Mario “Choclito” Carrizo (25) continuará detenido por la muerte de Carlos Romano Hardoy (40) hasta el 16 de agosto. Sin embargo, cumplirá la medida bajo la modalidad de arresto domiciliario, luego de haber sido acusado de homicidio preterintencional, un delito que contempla una pena de ejecución condicional.

El auxiliar Miguel Fernández, siguiendo instrucciones del fiscal Carlos Sale, informó que el lunes al mediodía, Romano Hardoy ingresó al barrio El Triángulo I, en Villa Carmela, presuntamente para comprar drogas. En esas circunstancias se encontró con Carrizo y comenzaron a discutir. “Una testigo declaró que observó cómo el acusado le aplicó un golpe de puño en el sector derecho de la cabeza. La víctima cayó pesadamente al suelo. Cuando llegaron los médicos, confirmaron que ya había fallecido”, explicó.

Fernández indicó que los resultados preliminares de la autopsia revelaron que el golpe recibido no habría sido suficiente, por sí solo, para provocar la muerte. No obstante, aclaró que las consecuencias podrían haberse agravado debido a que la víctima tenía colocado un implante coclear en esa zona. También señaló que aún restan estudios complementarios para determinar si Romano Hardoy presentaba otro tipo de lesión cerebral que pudiera haber incidido en el desenlace fatal. Por esa razón, lo acusó de homicidio preterintencional, figura que contempla aquellos casos en los que el agresor pretende causar una lesión, pero termina provocando una muerte que no buscaba ocasionar. Claudia Ochi, defensora del acusado, no se opuso a la imputación.

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“No considero prudente que esa sea la acusación. Entiendo que debería investigarse un homicidio simple. Es muy apresurado arribar a esa conclusión cuando todavía faltan resultados periciales y tampoco se ha esclarecido cuál fue el móvil del hecho”, sostuvo María José Pérez Valdez, representante legal de la familia de la víctima. “Carlos tenía problemas de consumo y concurría con frecuencia a ese lugar para comprar drogas. ‘Choclito’ lo conocía perfectamente y sabía que tenía importantes problemas de salud derivados de un accidente que había sufrido años atrás”, añadió.

La jueza Eliana Gómez Moreira escuchó sus planteos, pero aclaró que no podía analizarlos porque la profesional aún no había sido formalmente admitida como querellante. Finalmente, aceptó la calificación legal propuesta por el Ministerio Público.

La otra polémica

Fernández solicitó que se dictara la prisión preventiva por dos meses para garantizar el normal desarrollo de la investigación. “Debe tenerse presente que el acusado se retiró del lugar después de haber golpeado a la víctima. Además, cuando personal de Homicidios fue a buscarlo, también intentó alejarse”, argumentó. “Si bien la acusación formulada corresponde a un delito que prevé una pena de cumplimiento condicional, todavía quedan medidas probatorias por realizar y es necesario asegurar el avance de la investigación”, añadió. La defensa tampoco se opuso a ese pedido.

La magistrada hizo lugar parcialmente al planteo de la Fiscalía. Dispuso la medida cautelar hasta el 16 de agosto, pero resolvió que Carrizo la cumpla bajo arresto domiciliario.

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La resolución generó un nuevo cruce durante la audiencia. “Quería preguntarle por qué dispuso el arresto domiciliario si esa modalidad no había sido solicitada ni por el Ministerio Público ni por la defensa”, consultó Pérez Valdez.

Gómez Moreira respondió: “Porque es mi obligación controlar las garantías de las personas sometidas a proceso”. La explicación no conformó a la representante de la familia de la víctima, que anticipó que continuará analizando las actuaciones y evaluando futuras presentaciones en el expediente.